Los alcaldes y la democracia

Cabildo de Buenos Aires

Cabildo de Buenos Aires, donde comenzó la Revolución de Mayo que desembocó en la independencia de Argentina

El Presidente del Gobierno ha anunciado una reforma en la legislación electoral para elegir a los alcaldes de los municipios a ocho meses de las elecciones municipales. Así, con una reforma que no estaba en su programa electoral (que por problemas técnicos parece ser que no esta disponible en la web del PP) el Partido Popular pretende no obtener un retroceso demasiado severo gracias a esta medida, y aunque parece difícil que continúe gobernando en las 34 capitales de provincia que ahora administra, si Mariano Rajoy ha propuesto una medida así, es porque les va a asegurar un resultado electoral mejor que el que podrían obtener con la vigente ley electoral.

Así pues, ¿es nuevo que se modifique la legislación electoral para beneficiar al legislador que la modifica? Como ya sospecharán los lectores de elpolitologo.com la respuesta es negativa.

En 1812 se acuñó el término gerrymandering cuando el gobernador del Estado de Massachusetts Elbridge Gerry modificó las circunscripciones electorales para su propio beneficio. Pero la circunscripción es solo uno de los elementos del sistema electoral, así, una modificación completa de las reglas del juego pueden dar unos resultados totalmente distintos (sin dejar de ser todos estos «aparentemente» democráticos). 

En España no hubo que preocuparse por las elecciones hasta la muerte de Franco, y fue un año después cuando Torcuato Fernández Miranda redactó la Ley para la Reforma Política. Esta Ley, que fue la última del franquismo se hizo para que Adolfo Suárez ganara las que iban a a ser las primeras elecciones libres que se iban a producir después de la dictadura, y permitieron que la UCD consiguiera el 47% de los escaños con el 34% de los votos, lo que dejó a Adolfo Suárez en una posición muy cómoda para gobernar.

La reforma electoral

Seria ingenuo pensar que cualquier partido va a promover una reforma electoral que no le beneficie, pero esta reforma electoral, tal como la ha anunciado el Presidente del Gobierno sería bastante problemática. Esto es así porque la propuesta que ha hecho Mariano Rajoy consiste en que en cada Ayuntamiento, el Alcalde sea el cabeza de lista de la lista más votada. Esto no es una elección directa de alcaldes, porque la elección directa de alcaldes consiste en una elección en la que únicamente se vota al alcalde, y no se vota a ninguna lista. Para este tipo de elección, debería de existir un procedimiento de segunda vuelta en el caso de que ninguno de los aspirantes a alcalde alcanzara el 50% de los votos más uno, en cuyo caso pasarían los dos aspirantes a alcalde que más votos hubieran sacado.

Sin embargo, la propuesta de Mariano Rajoy de que gobierne la lista más votada se enfrentaría con un gran problema, la moción de censura, así, a no ser que el Partido Popular elimine la moción de censura en los ayuntamientos, esta propuesta, sin ninguna modificación más, será un fracaso, porque aunque es cierto que la moción de censura debe de ser constructiva y proponer a un candidato (lo cual complica la moción de censura, porque obliga a los partidos de la oposición a ponerse de acuerdo), si los partidos de la oposición se organizan, no permitirán que ningún partido que haya obtenido una cantidad sensiblemente menor al 50% de los votos consiga gobernar el Ayuntamiento, con lo cual, los ciudadanos lo único que verían en estas acciones será un alejamiento aún mayor de la política, en la cual, en el primer pleno del Ayuntamiento se elige a un Alcalde, y en el segundo, hay una moción de censura y se elige a otro.

Es normal que el PP haya hecho esta propuesta, pues ante la fragmentación de la izquierda entre PSOE, IU y Podemos, el PP, podría ser partido más votado en multitud de municipios en los que si no fuera por esta medida novedosa, el PP o no tendría opciones para gobernar, o estas serían muy escasas.

Pero hacer política no es hacer matemáticas, en política hay multitud de factores que tener en cuenta, y en política no se puede gobernar de espaldas al poder, por tanto, si vivimos en una democracia y el poder esta en la ciudadanía, este tipo de propuestas que permitirían que en una circunscripción con un voto fragmentado en la que el partido más votado obtuviera un 25% de los votos y que eso le valiera para gobernar, obtendrán seguro un rechazo por parte de la ciudadanía. Así, esta propuesta puede ser un boomerang para el PP, porque aunque en un principio pueda alejar del partido la derrota electoral, después la acercará por los problemas que va a acarrear tal como esta planteada la propuesta del Presidente del Gobierno.

A no ser que en el futuro la planteen de otra manera, o a no ser que en el futuro no la planteen.

Fe en el CIS

fe en el cis

El Centro de Investigaciones Sociológicas (CIS) es un organismo clave para cualquier científico social que habite en España, porque si las ciencias sociales tienen un instrumento clave para ser ciencias, ese instrumento son las encuestas.

Pero las ciencias sociales tienen una dificultad objetiva sobre las ciencias naturales, y esa dificultad radica en que el sujeto que las estudia es parte del objeto de estudio, en este caso, es el ser humano el que se estudia a si mismo. Y al estudiarse a si mismo, al ser humano puede que no le guste lo que vea, y puede que quiera cambiar lo que es, por lo que quiere que sea.

En las ciencias naturales por excelencia, que son la física y la química, puede pasar que el investigador ignore o evite los hechos, pero el investigador no puede cambiar los hechos. Así, por mucho que a un investigador le pueda disgustar la gravedad, ésta no va a dejar de existir. Pero en las ciencias sociales no es del todo así. En las ciencias sociales, se puede tener la tentación de dar unos resultados falsos para que la gente los asuma como reales y actúe en consecuencia con esa «falsa realidad». En las ciencias sociales puede darse la profecía autocumplida.

El CIS, en su barómetro preelectoral se equivocó. Mucho. Y aunque obviamente nadie es infalible y habría que saber cómo se hizo el estudio (puesto que pueden pasar cientos de circunstancias, problemas técnicos, humanos, presupuestarios, etc.), cualquier investigador en ciencias sociales debe de saber que sus resultados van a moldear la realidad, y sabiendo eso, dado que la función del CIS no es crear la realidad, sino mostrarla; el CIS debería de hacer dos cosas: la primera, puesto que estamos hablando de una encuesta, es explicar por qué hace la selección de preguntas que hace, puesto que depende de las preguntas que se hagan, se obtendrán unos resultados u otros, y esa explicación, debería de ser exhaustivamente motivada; y la segunda (quizá la más importante), es publicar la metodología que ellos usan para hacer su «cocina».

La «cocina del CIS» es, en palabras del CIS «el modelo de estimación a los datos directos de opinión proporcionados por la encuesta», o lo que es lo mismo, la interpretación que hace el CIS de los datos para proyectar unos resultados electorales.

La interpretación que hace el CIS a través de sus barómetros y de sus estudios preelectorales es un referente para los medios de comunicación que nos transmiten la realidad política y social de este país.

Cuando el CIS publica los resultados de sus encuestas, si esos resultados son correctos, está reflejando la opinión de la sociedad, pero si son incorrectos, el CIS está construyendo (quiera o no quiera) la opinión de la sociedad. Y la única manera de intentar obtener unos resultados correctos, es a través de una metodología científica adecuada, por lo tanto, que el CIS oculte cual es el modelo de estimación que ha usado en cada estudio, y por qué ha usado ese modelo de estimación frente a otros debería de hacernos pensar.
Porque el CIS no debería de pedirnos fe.

Juego de trono

Juego de Trono

Esta mañana, por sorpresa, nos hemos enterado que el Rey va a abdicar. Ante un hecho tan extraordinario, tenemos que hacernos dos preguntas.

¿Cómo?

La abdicación, según la constitución española, tendrá que ser resuelta bajo una Ley Orgánica. Pero en España no se ha hecho ninguna ley orgánica que regule la abdicación.

Las leyes orgánicas son leyes que regulan materias que el Estado considera que son especialmente delicadas, y precisamente por eso, les reserva un requisito especial, el que deben de ser aprobadas no por mayoría simple, como el resto de leyes, sino por mayoría absoluta. La ley orgánica que va a regular la abdicación del rey, se va a aprobar por mayoría absoluta, pero no a través del trámite habitual de aprobación de leyes, sino que se hará en un procedimiento abreviado. Ésto no hay duda que va contra el espíritu de la ley orgánica, pues no parece lógico que ya que la Constitución reserva para esta materia una ley orgánica, y que se ha tenido desde 1978 para hacerla a través de un trámite parlamentario normal asegurando la participación de los distintos grupos políticos y su aportación y participación en la regulación de una materia tan sensible como algo que afecta a la jefatura del Estado, se vaya a hacer ahora en dos días y a toda prisa.

¿Por qué?

Ésta es la gran pregunta. Y dado que no podemos entrar en la cabeza de ninguna persona para saber cuales son realmente sus intenciones, desde elpolitologo.com sólo podemos hacer un análisis político, y aunque reconociendo que todos somos seres humanos y que en nuestras decisiones siempre hay motivos personales, un Rey, que no es sino una figura tradicional, reina hasta su muerte, por ello, el único análisis aceptable para este hecho, es el político. Así, en primer lugar, que un Jefe de Estado dimita tras unas elecciones, aunque él no se presente, no nos cabe sino pensar que las elecciones tienen algo que ver con su abdicación. Ya pasó con el abuelo de Juan Carlos, el rey Alfonso XIII, que dimitió tras unas elecciones municipales, y después de ésto se proclamó la República. Ahora no parece que se vaya a proclamar la República, pero si parece éste un movimiento para que precisamente eso no vaya a pasar. La irrupción de Podemos en el panorama político y los buenos resultados de IU, dejan en el panorama político a una izquierda realmente republicana con un apoyo nunca visto desde la segunda república (dado que el PSOE no ha mostrado su republicanismo con hechos en ningún momento desde la transición a la democracia), y ese poder, con un Rey salpicado de escándalos de corrupción (Urdangarin y la Infanta Cristina), mediáticos (la caza de elefantes en medio de momentos de crisis en España), y sentimentales (con Corinna, con la que ha mantenido una relación sentimental), además de con una mala valoración por parte de los ciudadanos, deja al Rey en una situación muy delicada que ha decidido resolver de una manera tajante, dimitiendo y dejando paso a su hijo a través de la figura de la abdicación.

Juego de Trono

En un momento en el que se vive una crisis que económica y social y en el que la ciudadanía está insatisfecha con la manera tradicional de hacer política, resolver los problemas de la Jefatura del Estado a través de llamadas del Rey a Rajoy y al Presidente del Congreso para que estos hagan una ley orgánica a través de un procedimiento abreviado para poner en la jefatura del Estado al hijo de Juan Carlos, no es sino un de Juego de Trono, en el que la ciudadanía, al igual que en la serie, ve como los reyes pasan por el Trono sin enterarse de cuales son las intrigas y los motivos que llevan a los personajes a tomar sus decisiones. Un Juego de Trono, en el que los ciudadanos somos meros espectadores, aunque con una diferencia, que en la serie, al menos, escuchamos que piensan los protagonistas. Aquí lo que tenemos es la entrevista de Hermida al Rey.

El Referéndum en Cataluña

Hoy, los medios han comentado que el Congreso ha rechazado el Referéndum en Cataluña, pero exactamente ¿qué es lo que ha pasado?

¿Se puede celebrar el Referéndum?

En España, al ser un país prácticamente federal, hay competencias que son propias del Estado, y otras que lo son de las Comunidades Autónomas.

Las competencias exclusivas del Estado están recogidas en el artículo 149 de la Constitución Española, y entre ellas, está la de celebrar referéndums. Pero el artículo 150.2 de la Constitución permite transferir o delegar en las Comunidades Autónomas las competencias exclusivas del Estado que éste quiera delegar.

El artículo 150.2 de la Constitución ya se ha usado una vez para transferir competencias, así que, legalmente, el Congreso podría, si quisiera, transferir la competencia de celebración de referéndums a la Comunidad Autónoma de Cataluña.

¿Qué es lo que se ha votado?

En España, las leyes se pueden hacer a iniciativa del Gobierno, del Congreso y el Senado, de las Comunidades Autónomas y de la ciudadanía a través de la iniciativa legislativa popular.

Hoy, en base al artículo 150.2 de la Constitución, lo que se ha presentado por parte de Cataluña ha sido, según la resolución del Parlament de Catalunya una: «proposición de Ley Orgánica de delegación a la Generalitat de Cataluña de la competencia para autorizar convocar y celebrar un referéndum sobre el futuro de Cataluña». O dicho de otra forma, la delegación en la Generalitat de la competencia de convocar referéndum para que ésta pueda celebrar un referéndum sobre si Cataluña se independiza de España.

Según la Constitución, si una Comunidad Autónoma quiere presentar una proposición de ley, la Comunidad Autónoma mandará al Congreso la proposición ya redactada y ésta podrá ser defendida allí hasta por tres miembros de la Asamblea de la Comunidad Autónoma. En éste caso la proposición ha sido defendida por el portavoz de CiU en el Parlamento de Cataluña, por la Secretaria General de ERC y por el número uno de ICV.

¿Qué consecuencias tiene la negación del Congreso?

Era por todos esperado que el Congreso iba a rechazar la Proposición del Parlament de Catalunya, tanto es así, que ante el previsible resultado no fueron ni Artur Más, ni el número uno de ERC, Oriol Junqueras. Ambos mandaron a sus números dos para no repetir (ni asumir), el fracaso que el Congreso en casi su totalidad  haya rechazado la proposición.

Pero precisamente por eso, porque los líderes del proceso soberanista no han ido a defenderlo ante el Congreso, éste paso no va a ser asumido como un fracaso por parte de los partidos defensores del referéndum, sino que la votación en el Congreso va a ser tomada como un paso más en la hoja de ruta que se ha establecido para la celebración del Referéndum.